TOP GUIDELINES OF ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL

Top Guidelines Of orden de detencion europea y entrega - asistencia legal

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Celebración de una vista para determinar las circunstancias personales y medidas cautelares del mismo.

El Título VI regula la transmisión y ejecución en otro Estado miembro de una orden europea de protección. Esta orden es una resolución penal que puede adoptar la autoridad competente de cualquier Estado miembro en relación con una medida de protección previamente adoptada en ese Estado, por la que se faculta a la autoridad competente de otro Estado miembro para adoptar las medidas oportunas a favor de las víctimas o posibles víctimas de delitos que se encuentren en peligro, cuando se hayan desplazado a su territorio.

f) Cuando la persona esté sujeta a una pena o medida no privativa de libertad, incluidas las sanciones pecuniarias, o a una medida equivalente, aun cuando dicha pena o medida pudieren restringir su libertad person.

1. Cuando una orden o resolución dictada en otro Estado miembro sea transmitida a España para su reconocimiento y ejecución, estos instrumentos no estarán sujetos al Manage de la doble tipificación por el Juez o Tribunal español, en la medida en que se refiera a alguno de los delitos enumerados a continuación y se cumplan las condiciones exigidas por la Ley para cada tipo de instrumento de reconocimiento mutuo.

three. El certificado o el formulario se traducirán a la lengua oficial o a una de las lenguas oficiales del Estado miembro al que se dirija o, en su caso, a una lengua oficial de las instituciones comunitarias que hubiera aceptado dicho Estado, salvo que disposiciones convencionales permitan, en relación con ese Estado, su remisión en español.

O. Considerando que la doble tipificación es un concepto referido a la extradición internacional que, aun siendo difícilmente compatible con el reconocimiento mutuo, puede ser necesario en la práctica, con un alcance muy limitado, para las personas buscadas, según la jurisprudencia del Tribunal; que la doble tipificación solo es un motivo facultativo para no ejecutar una orden de detención europea y rara vez es invocado por las autoridades de ejecución; que la lista de delitos sin doble tipificación ya incluye una amplia variedad de delitos, muchos de los cuales aún no han sido objeto de una armonización muy intensa navigate here en los Estados miembros, y que dicha lista debe reevaluarse y, probablemente, ampliarse de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo two, apartado three, de la Decisión Marco relativa a la orden de detención europea;

two. De acuerdo con lo previsto en el apartado anterior y en atención a las circunstancias del caso concreto, el Juez Central de lo Penal podrá llegar a un acuerdo con la autoridad competente del Estado de emisión para reconocer y ejecutar parcialmente la resolución condenatoria. A falta de acuerdo, el certificado será devuelto.

El Título IX tiene por objeto frequent la resolución por la que se exige el pago de una sanción pecuniaria, incorporando con leves modificaciones el contenido weblink de la Ley 1/2008, de four de diciembre, para la ejecución en la Unión Europea de resoluciones que impongan sanciones pecuniarias. Estas normas determinan el procedimiento a través del cual se van a transmitir, por parte de las autoridades judiciales españolas, aquellas resoluciones firmes por las que se exija el pago de una sanción pecuniaria a una persona fileísica o jurídica como consecuencia de la comisión de una infracción penal, a otros Estados miembros de la Unión Europea en los que esa persona posea propiedades, orden de detencion europea y entrega - asistencia legal obtenga ingresos o tenga su residencia habitual.

c) Cualquier otro Estado miembro cuya autoridad competente consienta que se le transmita la resolución.

4. Los apartados anteriores no serán de aplicación cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

El Juez Central de lo Penal devolverá a la autoridad competente del Estado de emisión la competencia respecto de la vigilancia de las medidas de libertad vigilada y las penas sustitutivas y de cualquier decisión ulterior relacionada con la sentencia:

1. El Juez Central de lo Penal contestará las solicitudes de información dirigidas por la autoridad de emisión relativas a la transmisión a nuestro país de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad en un plazo máximo de veinte días desde su recepción.

a) La prohibición de entrar o aproximarse a determinadas localidades, lugares o zonas definidas en las que la persona protegida reside o que frecuenta.

Si la persona condenada se encuentra en el Estado de emisión será trasladada a España en el momento acordado entre la autoridad de emisión y el Juez Central de lo Penal, siempre dentro de los treinta días siguientes a la firmeza del car de reconocimiento y ejecución de la resolución.

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